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PROTECCIÓN CONTRA EL ACOSO CIVIL

Detenga el Acoso.
Recupere Su Paz.

Cuando vecinos, compañeros de cuarto, colegas de trabajo o extraños lo acosan, amenazan o persiguen, las órdenes de restricción por acoso civil brindan protección legal. Lo ayudamos a obtener protección o a defenderse de reclamos falsos.

250+ Casos Manejados
90% Tasa de Éxito
24/7 Servicio de Emergencia
PROTECCIÓN CONTRA EL ACOSO CIVIL

Órdenes de Acoso Civil en California (CCP § 527.6)

Las órdenes de restricción por acoso civil lo protegen de personas fuera de su núcleo familiar: vecinos, compañeros de cuarto, colegas de trabajo, extraños. Lo ayudamos a obtener protección o a defenderse de acusaciones falsas.

Protección en Disputas con Vecinos

Detenga la invasión repetida de propiedad, el daño a la propiedad, las amenazas o el acoso de vecinos. Obtenga órdenes que les exijan mantenerse alejados de su hogar y cesar todo contacto.

Detenga el Acoso →

Acoso y Ciberacoso

Protección legal contra el acecho bajo el Código Penal § 646.9. Abordamos el seguimiento, el contacto no deseado, el monitoreo, el acoso en línea, la exposición de datos personales (doxxing) y los mensajes amenazantes.

Termine el Acecho →

Acoso Laboral y Público

Órdenes de restricción contra colegas, exempleados, clientes o extraños que lo acosan en el trabajo o en lugares públicos. Incluye órdenes de prevención de violencia laboral.

Seguridad Laboral →

Órdenes de Restricción entre Compañeros de Cuarto

Órdenes especiales para compañeros de cuarto bajo el CCP § 527.6(k) para situaciones de vivienda compartida. Abordamos amenazas, robo, violencia o la creación de entornos de vida inseguros.

Manténgase Seguro →

Defensa Contra Reclamos Falsos

Combatimos acusaciones de acoso infundadas. Demostramos la falta de un "patrón de conducta," mostramos un propósito legítimo, o demostramos que usted es la verdadera víctima del acoso.

Limpie Su Nombre →

Órdenes de Restricción Mutuas

Cuando ambas partes alegan acoso, prevenimos u obtenemos órdenes mutuas. Enfoque estratégico para asegurar su protección mientras nos defendemos de contrapeticiones.

Defensa Estratégica →
EXPERIENCIA EN ACOSO CIVIL

Por Qué Elegir a Family First

Los casos de acoso civil requieren demostrar un "patrón de conducta" que no cumple ningún propósito legítimo y causa angustia emocional considerable. Sabemos cómo cumplir con esta carga de la prueba, o cómo refutarla.

01

Dominio del CCP § 527.6

Comprensión profunda de lo que califica como "acoso" bajo el Código de Procedimiento Civil de California § 527.6: violencia ilegal, amenazas creíbles, o un patrón de conducta que causa angustia emocional considerable.

02

Evidencia "Clara y Convincente"

El acoso civil requiere una carga de la prueba más alta que las DVRO. Construimos casos que cumplen con el estándar de "evidencia clara y convincente" mediante documentación, patrones y testimonios creíbles.

03

Evidencia Tecnológica y de Redes Sociales

Expertos en preservar y presentar evidencia digital: capturas de pantalla, metadatos, direcciones IP, datos de ubicación y publicaciones en redes sociales admisibles bajo el Código de Evidencia de California.

04

Refutación de la Defensa de "Propósito Legítimo"

Los demandados a menudo alegan que el contacto tenía un propósito legítimo. Demostramos que el acoso NO cumplió ningún propósito legítimo o que fue excesivo más allá de cualquier necesidad legítima.

05

Construcción de Patrones de Múltiples Incidentes

Demostrar un "patrón de conducta" requiere mostrar un patrón a lo largo del tiempo. Organizamos los incidentes cronológicamente, demostramos la escalada y probamos la intención deliberada y maliciosa.

06

Sin Restricciones de Armas de Fuego

A diferencia de las DVRO, las órdenes de acoso civil no prohíben automáticamente las armas de fuego a menos que se demuestre violencia o amenazas creíbles. Entendemos estas distinciones y sus implicaciones.

PROCESO DE ACOSO CIVIL

Nuestro Enfoque Estratégico

Desde la presentación de la petición hasta la audiencia final, manejamos todos los aspectos de los casos de acoso civil bajo la ley de California.

Documentación del Patrón de Acoso

Compilamos cada incidente: fechas, horas, testigos, evidencia. Construimos una línea de tiempo cronológica que prueba el "patrón de conducta." Demostramos la escalada y la angustia emocional considerable mediante documentación.

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Presentación de la Petición y Solicitud de TRO

Preparamos el formulario CH-100 con una declaración detallada. Solicitamos una orden de restricción temporal si existe peligro inmediato. Notificamos al demandado conforme a los requisitos de la ley de California.

Representación en la Audiencia Notificada

Presentamos evidencia en la audiencia (típicamente 21 días después de la TRO). Testificamos de manera efectiva, presentamos testigos, presentamos mensajes de texto, correos electrónicos y grabaciones. Contrainterrogamos al demandado, exponiendo mentiras e inconsistencias.

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Orden Permanente o Desestimación

Aseguramos una orden de restricción de 3 años con distancias específicas de alejamiento y disposiciones de no contacto. Si defendemos: logramos una desestimación completa y protegemos su historial de acusaciones falsas.

Detenga el Acoso Civil Hoy

No permita que vecinos, colegas de trabajo o extraños controlen su vida a través del acoso. Obtenga protección o defensa legal experimentada ahora.

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