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ACUERDOS PRENUPCIALES

Proteja Sus Bienes.
Planifique Su Futuro.

¿Está planeando su boda? Un acuerdo prenupcial protege los bienes de ambos cónyuges, aclara las expectativas financieras y brinda tranquilidad. Redacción profesional de acuerdos prenupciales para parejas en todo el sur de California.

150+ Acuerdos Redactados
100% Exigibilidad
24/7 Servicio de Emergencia
SERVICIOS DE ACUERDOS PRENUPCIALES

Acuerdos Prenupciales en California

Proteja sus bienes, aclare las expectativas financieras y prevenga disputas futuras con acuerdos prenupciales redactados profesionalmente bajo el Código de Familia de California §§ 1610-1617.

Protección de Bienes Separados

Designe los bienes premaritales como propiedad separada bajo el Código de Familia § 770. Proteja bienes inmuebles, negocios, inversiones, cuentas de jubilación y herencias de reclamaciones de propiedad comunitaria.

Proteja Sus Bienes →

Acuerdos Prenupciales para Dueños de Negocios

Esencial para dueños de negocios. Evite que su cónyuge adquiera un interés de propiedad comunitaria en su negocio. Protéjase contra ventas forzadas o disputas de valoración en un divorcio.

Proteja Su Negocio →

Renuncias de Manutención Conyugal

Renuncie o limite las obligaciones de manutención conyugal (pensión alimenticia) bajo el Código de Familia § 1612(c). Estructure disposiciones de manutención justas o renuncias completas con asesoría legal independiente.

Limite la Manutención →

Protección para Segundos Matrimonios

Fundamental para segundos matrimonios con hijos de relaciones anteriores. Asegúrese de que los bienes pasen a sus hijos biológicos y no a su nuevo cónyuge. Proteja los derechos de herencia.

Proteja a Sus Hijos →

Cláusulas de Protección de Deudas

Protéjase de las deudas premaritales, préstamos estudiantiles o responsabilidades comerciales de su cónyuge. Designe claramente qué deudas son separadas y cuáles son obligaciones comunitarias.

Evite Deudas →

Redacción Exigible

Aseguramos la exigibilidad bajo la Ley Uniforme de Acuerdos Prenupciales de California. Ejecución adecuada, divulgación completa, firma voluntaria y cumplimiento de la regla de los 7 días.

Obtenga Exigibilidad →
EXPERIENCIA EN PRENUPCIALES DE CALIFORNIA

Por Qué Elegir a Family First para Acuerdos Prenupciales

California tiene requisitos específicos para que los acuerdos prenupciales sean válidos. Una redacción deficiente da lugar a acuerdos inexigibles que fallan justo cuando más los necesita.

01

Cumplimiento del Código de Familia §§ 1610-1617

Conocimiento experto de la Ley Uniforme de Acuerdos Prenupciales de California. Redactamos acuerdos que cumplen con todos los requisitos legales para su exigibilidad.

02

Cumplimiento de la Regla de los 7 Días

El Código de Familia de California § 1615 requiere que el acuerdo prenupcial se presente al menos 7 días antes de la firma. Aseguramos el tiempo adecuado y recomendamos un plazo de 3 a 6 meses para obtener los mejores resultados.

03

Divulgación Financiera Completa

Bajo el § 1615(c), ambas partes deben proporcionar una divulgación completa de bienes y deudas. Aseguramos una transparencia total que previene futuras impugnaciones a la validez del acuerdo.

04

Requisito de Asesoría Legal Independiente

Los tribunales de California examinan minuciosamente los acuerdos prenupciales. Nos aseguramos de que ambas partes tengan representación legal independiente, previniendo impugnaciones por falta de equidad bajo el § 1615(a).

05

Experiencia en Propiedad Comunitaria vs. Separada

Comprensión profunda del sistema de propiedad comunitaria de California. Definimos claramente lo que es separado y lo que es comunitario, previniendo disputas de transmutación y mezcla de bienes.

06

Prevención de Impugnaciones Futuras

Redactamos acuerdos que resisten el escrutinio. Abordamos desde el principio las inquietudes sobre falta de equidad, voluntariedad, fraude y coacción para prevenir su invalidación años después.

PROCESO DE CREACIÓN DEL ACUERDO PRENUPCIAL

Cómo Creamos Su Acuerdo Prenupcial

Redacción profesional de acuerdos prenupciales que asegura la exigibilidad, la equidad y la protección de ambas partes bajo la ley de California.

Consulta Inicial y Objetivos

Discutimos sus bienes, inquietudes y objetivos. Explicamos las leyes de propiedad comunitaria de California. Recomendamos disposiciones apropiadas para su situación. Comience de 3 a 6 meses antes de la boda.

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Divulgación Financiera Completa

Ambas partes proporcionan una divulgación completa: bienes, deudas, ingresos, listas de propiedades. Cumplimiento con el Código de Familia § 1615(c). La documentación previene impugnaciones futuras.

Redacción, Revisión y Negociación

Redactamos un acuerdo integral. El abogado de su prometido(a) lo revisa (se requiere asesoría independiente). Negociamos los términos hasta llegar a un acuerdo mutuo. Aseguramos la comprensión de todas las disposiciones.

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Ejecución y Presentación

Firme el acuerdo al menos 7 días antes de la boda (regla de los 7 días). Ambas partes firman voluntariamente con pleno entendimiento. Se presenta ante el registrador del condado si se desea protección para bienes inmuebles.

Proteja Su Futuro Financiero

No espere hasta que sea demasiado tarde. Comience su proceso de acuerdo prenupcial de 3 a 6 meses antes de su boda para obtener la protección más sólida bajo la ley de California.

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